16 agosto 2008

Chile - Temas económicos – blogs el mercurio

blogs el mercurio, 16708/2008

De dichos 26 mil millones, cerca de 19 mil millones corresponden al Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES), y dos mil 500 millones al Fondo de Reserva de Pensiones (FRP). El resto son recursos de disponibilidad general del Tesoro.

El objetivo del FEES es financiar eventuales déficit fiscales y realizar amortizaciones de la deuda pública. Se busca así estabilizar el gasto fiscal. El FRP tiene por objeto complementar el financiamiento de futuras contingencias en materia de pensiones.

Hace más de dos décadas que la política fiscal en Chile se ha orientado a ahorrar los recursos extraordinarios provenientes de precios del cobre transitoriamente elevados. En cierto momento, esto se hizo a través del denominado Fondo de Compensación del Cobre. En 2001, la política fue perfeccionada y ampliada, y se introdujo el concepto de balance estructural, cuya regla es aislar de las finanzas públicas de cada año las fluctuaciones cíclicas de la actividad económica, el precio del cobre y de otros factores similares. En otras palabras, se ahorran recursos en períodos de bonanza, para utilizarlos en períodos de mayor escasez.

Cuando el precio del cobre empezó a subir fuertemente a partir de 2004, comenzaron a acumularse fondos como resultado de la regla fiscal. En 2006, con la Ley de Responsabilidad Fiscal, se crearon el FEES y el FRP, mediante los cuales se administran los recursos que se acumulan de acuerdo con la regla de balance estructural. En dicha ley también se fijan las reglas sobre acumulación y uso de ambos fondos. Así, por ejemplo, el FRP recibe cada año el equivalente al superávit fiscal, si éste supera el 0,2 por ciento del PIB y con un máximo de 0,5 por ciento del PIB. Asimismo, se establece que se podrán realizar capitalizaciones al Banco Central, y que la diferencia entre el superávit efectivo y estas dos partidas se acumula en el FEES.

La administración e inversión de estos fondos se asignó al Banco Central como agente fiscal, que debe seguir las instrucciones del Ministerio de Hacienda. En la práctica, esto ha significado que los fondos se invirtieran en forma similar a las reservas internacionales. Un comité financiero asesor, creado por la ley, recomendó directrices (que fueron aceptadas) para una estrategia de inversión más diversificada, que incluiría instrumentos de renta variable.

Transparencia y otros activos

El Ministerio de Hacienda publica mensualmente en su página web un informe ejecutivo sobre las inversiones de cada uno de los fondos, con la composición de monedas, clases de activos y duración de los mismos. También publica informes más detallados en forma trimestral. Finalmente, hay un informe anual del comité financiero, con características similares. Todo esto implica un avance importante en transparencia. Se trata de un monto de recursos significativo que pertenece a todos los chilenos, por lo que no cabe sino pedir que ella sea total.

Sin perjuicio del progreso, todavía queda mucho por hacer. Por ejemplo, se podría mejorar la oportunidad de entrega de información. También se echa de menos un análisis más periódico y detallado de la rentabilidad de los fondos, incluida una comparación con carteras de referencia. La información reportada es inferior a la que se exige a los fondos de pensiones o a la que cualquier inversionista recibe de los administradores de carteras. Si todos los chilenos son los dueños de este fondo, no hay razón alguna para que éste entregue menos información que los de pensiones. Los significativos avances -que deben reconocerse- no significa que no se necesiten perfeccionamientos. El propio informe anual del comité financiero muestra que los rankings de evaluación de buenas prácticas de fondos soberanos ponen al FEES chileno por sobre la mayor parte de fondos de países emergentes, pero bastante por debajo de los líderes, entre los cuales destaca el conocido fondo noruego.

De la misma manera como se exige transparencia a los activos financieros que maneja el fisco, debe pedírsela respecto de los demás activos que tiene el Estado, esto es, los activos reales. Las empresas del Estados son, en general, un buen ejemplo de organizaciones en las que la información al público es inferior a la óptima.

Los accionistas de estas empresas -que, nuevamente, son todos los chilenos- reciben menos información que la que recibe o a la que tiene derecho un accionista de una sociedad anónima que cotiza en bolsa.

Asimismo, la administración tie-ne menos obligaciones de información que sus pares privadas. Lo que cabe en esta materia es homologar la información que entregan las empresas del Estado con la de las empresas privadas abiertas.

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